Asistencia Pública (Asistencia Temporera de Familia) conocido en inglés Temporary Family Assistance o "TFA."
Restricciones de tiempo y otros programas disponibles si pierde sus beneficios de dinero en efectivo.
- La Asistencia Pública ("welfare") tiene restricciones de tiempo
- ¿Cuáles familias no tienen restricción de tiempo (están exentas)?
- ¿Cuáles familias podrán obtener EXTENSIONES más allá de los 21 meses?
- ¿Cuáles familias pueden obtener MÁS de 2 extensiones?
- ¿Cuáles familias pueden obtener beneficios por MÁS de 60 MESES (5 años)?
- ¿Qué es el Programa de Asistencia "Diversión"?
- ¿Cómo consigo asistencia al terminarse mis 21 meses, o al final de una extensión?
- ¿Qué debo hacer si mi familia pierde la asistencia, es sancionado o es negada una exención, o una extensión?
- ¿Cómo pido una Audiencia?
- ¿Cuánto tiempo tengo para pedir una Audiencia Justa?
- ¿Existen programas que ayudarían a mi familia si perdimos los beneficios de Asistencia Pública?
- Para obtener mas información
La Asistencia Pública ("welfare") tiene restricciones de tiempo
La mayoría de las familias con niños son elegibles para recibir beneficios de dinero en efectivo de Asistencia Pública solamente por 21 meses, aunque algunas familias pueden calificar para recibir extensiones limitadas de beneficios. Las familias que reciben beneficios deben tratar de buscar y mantener un trabajo. Sus 21 meses comienzan cuando usted empieza a recibir la Asistencia Pública (también conocido como Asistencia Temporera para la Familia y sigla en inglés "TFA"). Si usted no sabe cuando comenzaron sus 21 meses, pregúntele a su trabajador de caso del Departamento de Servicios Sociales. Además pregúntele la fecha que sus beneficios terminarán. Esta información le ayudará a planificar su futuro.
¿Cuáles familias no tienen restricción de tiempo (están exentas)?
Algunas familias no tienen una restricción de tiempo para recibir beneficios de Asistencia Pública. Estas familias están consideradas "exentas" (en inglés "exempt") de la restricción de tiempo de los 21-meses. Las familias que están exentas de la restricción de tiempo no tener que participar en el Programa de Servicios de Empleo o en los requisitos de trabajo.
Si hay más de un adulto en la familia, esta familia está exenta de la restricción de tiempo, solamente si TODOS los adultos están incluidos en una de las siguientes categorías.
Nota sobre menores de edad: El Departamento de Servicios Sociales (conocido en inglés como "DSS") considera adulto a un padre menor de edad que vive con sus niños y cuida de ellos. Si hay dos padres menores de edad que viven con sus niños, ambos padres son considerados adultos.
Para ser exentos de las restricciones de tiempo, TODOS los ADULTOS del hogar deben ser uno de los siguientes:
- Un niño menor de 18 años de edad (o menos de 19 años de edad si asiste a la escuela superior (High School) o a su equivalente); o
- Un adulto "incapacitado" (la persona tiene una problema de salud físico o mental que le impide trabajar y espera que su condición dure por lo menos 30 días); o
- Una persona que cuida de un miembro del hogar que está incapacitado (niño o adulto) y esto le impide trabajar; o
- Un adulto de por lo menos 60 años de edad; o
- Una mujer que está embarazada o el embarazo terminó en las últimas seis semanas o ha tenido un bebé recientemente y no puede trabajar por razones médicas; o
- Una persona que cuida de un niño(a) menor de un año de edad (a menos que el niño(a) fue concebido mientras los padres estaban recibiendo Asistencia Pública); o
- Un adulto que cuida de los niños y que no es el padre o la madre y únicamente los niños reciben Asistencia Pública.
Importante:
- Cualquier adulto que está incluido en una de estas categorías mencionadas anteriormente, está exento de los requisitos de trabajo del servicio de empleos, aun cuando los beneficios de la familia estén sujetos a las restricciones de tiempo.
- DSS trata a los padres menores de edad como adultos cuando viven con sus hijos y cuidan de ellos. (Vea la nota en la página 1).
- Cualquier mes en que su familia esté exento, NO cuenta en contra de las restricciones de tiempo de los 21-meses.
Si usted cree que su familia debe estar exenta de la restricción de tiempo de los 21-meses, llame a su trabajador en DSS y pida que lo(a) clasifiquen como exento. Usted necesitará darle al DSS prueba de que usted debe de ser clasificado exento. Por ejemplo, puede que su médico tenga que completar un formulario de evaluación que indique que usted será incapacitado por lo menos 30 días.
Otra exención limitada esta disponible para algunas familias:
Las familias desempleadas cuando el adulto ha trabajado menos de 6 meses en los últimos 5 años y no ha completado el sexto grado pueden ser exentas. Pero, estas familias tienen que cooperar con los Servicios de Empleo y tratar de buscar trabajo. DSS no considerará al adulto exento de los requisitos de trabajo y de la restricción de tiempo hasta que la familia haya recibido ayuda de Asistencia Pública por 20 meses. Al ser otorgada la exención, la familia no será considerada exenta si los adultos trabajan por 2 meses corridos.
¿Cuáles familias podrán obtener EXTENSIONES más allá de los 21 meses?
Algunas familias que no son exentas de la restricción de tiempo de los 21 meses, podrán obtener una extensión de ayuda de dinero en efectivo. Una extensión puede ser por hasta 6 meses. Si usted hace algo incorrecto, DSS le puede penalizar terminando su extensión. Si esto sucede, usted ya NO podrá obtener más extensiones. Su familia no tiene que estar recibiendo ayuda de dinero en efectivo de Asistencia Pública cuando usted solicite para una extensión. Usted puede dejar de recibir Asistencia Pública y más tarde solicitar una extensión.
La mayoría de las familias pueden obtener solo 2 extensiones. Para calificar para su primera o segunda extensión, usted debe:
1. Tener ingreso muy bajo (o ninguno ingreso). Para obtener una extensión, el ingreso familiar, incluyendo el salario de trabajo y toda la pensión de manutención de los niños, tiene que ser menos de los beneficios que usted recibe actualmente de Asistencia Pública. (Si usted trabaja, su ingreso familiar tiene que ser menos de los beneficios que usted recibe actualmente de Asistencia Pública más $90 al mes.) Durante una extensión, usted puede ganar hasta el nivel federal de pobreza más $90 al mes (que es más del doble de la cantidad de Asistencia Pública) y todavía puede seguir recibiendo la ayuda de Asistencia Pública.
2. Cooperar con los Servicios de Empleo. Usted tiene que haber cooperado con los Servicios de Empleos en todo momento durante el tiempo que estaba recibiendo ayuda de dinero en efectivo. Cooperación con los Servicios de Empleo significa que a usted no ha recibido más de una penalidad (también es llamada sanción). No ignore una penalidad/sanción. Pueden reducirle o terminarle los cupones de alimentos y la ayuda de dinero en efectivo que usted recibe de Asistencia Pública.
3. Completar un Contrato de Cumplimiento Individual SI ha recibido más de una penalidad/sanción o si DSS cree que usted está en riesgo de no ser elegible para una extensión. Usted debe estar en sus primeros 20 meses de ayuda para que le obtiene esta segunda oportunidad para poder ser elegible por una extensión usted tendría que cooperar voluntariamente con un Contrato de Cumplimiento Individual (Individual Performance Contract o "IPC"). Si usted cumple exitosamente con el "IPC" (con DSS o con el Departamento de Trabajo) y no le dan otra sanción, es posible que usted pueda obtener una extensión.
Importante: Aunque usted no haya cooperado con los Servicios de Empleo, usted puede obtener una extensión si prueba que no puede trabajar debido a circunstancias fuera de su control (como violencia doméstica).
¿Cuáles familias pueden obtener MÁS de 2 extensiones?
Es posible que su familia obtenga más de 2 extensiones si…
1. El ingreso de su familia es muy bajo; Y
2-A. Todos los adultos del hogar no pueden trabajar debido a violencia doméstica u otras circunstancias fuera de su control; O
2-B. Todos los adultos del hogar han cooperado con los Servicios de Empleo Y están incluidos en una de las siguientes categorías:
- tienen dos o más barreras que les impide trabajar, incluyendo, por ejemplo,
- no tienen quién les cuide sus niños
- falta de transportación
- abuso de drogas o adicción
- problemas severos de salud mental o física, o tiene un niño con problemas físicos o mentales (eso incluye problemas de conducta)
- problemas severos de aprendizaje
- violencia doméstica
- bajo nivel de la capacidad de leer y escribir (una calificación menos de 235 en la Prueba del Sistema de Competencia de CT)
- requisitos del plan del caso de "DCF", le impide trabajar o cumplir con otros requisitos del plan de empleo o
- los requisitos de una orden judicial le impide trabajar o cumplir con otros requisitos del plan de empleo. O
- debe trabajar por lo menos 35 horas semanales y ganarse por lo menos el salario mínimo pero menos de lo que la familia recibiría en dinero en efectivo de Asistencia Pública más $90.00 al mes; O
- debe trabajar menos de 35 horas semanales debido a una incapacidad o debido a la necesidad de cuidar de un miembro de la familia que está incapacitado.
Recuerde, las familias que son exentas de las restricciones de tiempo pueden recibir ayuda de dinero en efectivo aun cuando han recibido dos o más extensiones (vea "Familias Exentas").
Nota: Ser un ciudadano de un país que no sea los Estados Unidos no es una barrera para trabajar.
¿Cuáles familias pueden obtener beneficios por MÁS de 60 MESES (5 años)?
Muy pocas familias podrán obtener beneficios de Asistencia Pública después de recibir 60 meses de ayuda de dinero en efectivo. Estos solamente incluyen las familias que:
- son víctimas de violencia doméstica que les impide trabajar; o
- están "exentas" de las restricciones de tiempo (vea la p. 1).
Nota: Al contar el número de meses que una familia ha recibido beneficios de Asistencia Pública, tiene que incluir los meses de asistencia de dinero en efectivo que haya recibido de otros estados después de Septiembre del 1996. NO incluya los meses en que la familia fue clasificada como "exenta."
¿Qué es el Programa de Asistencia "Diversión"?
El Programa de Asistencia "Diversión" (en inglés Diversion Assistance Program) es administrado por el Departamento de Servicios Sociales y se trata de un solo pago de dinero en efectivo. Un pago de Diversión cuento como 3 meses contra su límite de tiempo de Asistencia Pública (TFA). El pago se supone para ayuda a familias que no tienen ingreso (o tienen muy poco ingreso) a evitar ir en el TFA a largo plazo. El total de este pago equivale a un máximo de tres veces la cantidad de ayuda en efectivo que la familia obtendría mensualmente si recibieran Asistencia Pública. Por ejemplo, una familia típica de tres recibe $576 mensualmente en el programa de Asistencia Pública, eso quiere decir que el pago total del programa "Diversión" no sería más de $1728 (3 X $576) y podría ser menos de esa cantidad.
Las familias deberían ser elegibles para Asistencia Pública y tienen que tener un empleo o tener las destrezas para conseguir empleo. El programa "Diversión" está disponible una vez cada 12 meses con un máximo de tres veces en la vida del adulto que se beneficia de este programa.
Si usted recibe beneficios de Asistencia "Diversión", deberá también de calificar para Medicaid, cupones de alimento (ahorra conocido "SNAP"), beneficios para el cuidado de niños, y otros beneficios de emergencia que están disponibles para los recipientes de Asistencia Pública/TFA.
Antes de que usted acuerde aceptar ayuda de Asistencia "Diversión", llame a Statewide Legal Services para informarse si este programa es el mejor programa para su familia.
¿Cómo consigo asistencia al terminarse mis 21 meses, o al final de una extensión?
Su trabajador de DSS fijará una fecha y hora para tener una reunión con usted (esta reunión se llama Entrevista de Terminación "Exit Interview"). Es muy importante que usted asista a la Entrevista de Terminación. Durante esta reunión, su trabajador de DSS decidirá si hay beneficios que su familia aún puede recibir y también se le dará información acerca de otros recursos disponibles para ayudar a su familia.. Estos beneficios pueden incluir
- una extensión de beneficios de dinero en efectivo,
- cobertura médica, y
- cupones de alimento (ahorra conocido "SNAP").
Las Entrevistas de Terminación se programan a un tiempo específico, cuando su familia alcanza lo siguiente:
1. Después de haber recibido asistencia de dinero en efectivo por 20 meses, durante su tiempo de restricción de 21-meses;
2. El quinto mes de cada extensión; y
3. Después que su familia haya recibido asistencia de dinero en efectivo por 58 meses.
Si usted no asiste a su Entrevista de Terminación, su familia PERDERÁ la cobertura médica y los cupones de alimento.
¿Qué debo hacer si mi familia pierde la asistencia, es sancionado o es negada una exención, o una extensión?
Llame a Statewide Legal Services inmediatamente al para ver si hay alguna manera para que su familia continúe recibiendo Asistencia Pública, evite una sanción, o una penalidad, o consiga una exención de tiempo limite o los requisitos de trabajo. Si el DSS ha cometido un error, Statewide Legal Services tal vez pueda ayudarle a conseguir un abogado que lo represente en una Audiencia Justa ("Fair Hearing"). En una Audiencia Justa, un oficial independiente ("Hearing Officer") escucha ambos lados y decide quién esta en lo correcto. Para proteger sus derechos y beneficios, pida una Audiencia Justa inmediatamente.
¿Cómo pido una Audiencia?
- Usted debe usar la forma sencilla de apelación que viene junta con las notificaciones que le envía DSS, o escriba una carta. Si usted escribe una carta, explique porqué usted desea una audiencia, por ejemplo;
Estimado(a) Señor(a): Le escribo para pedirle una Audiencia Justa. La razón por la cual quisiera una Audiencia Justa es por que (especifique su razón en este espacio, por ejemplo, "mi trabajador piensa que no le di buena causa para abandonar mi empleo, y yo no estoy de acuerdo". Incluya la fecha, su número de cliente del Departamento de Servicios Sociales, su dirección y firme su nombre. Haga una copia para usted.
En inglés: Dear Sir or Madam: I am writing to ask for a Fair Hearing. The reason I want a Fair Hearing is ____ (your reason). For example, "my worker thinks I did not have good cause to leave my job, and I disagree."
Su carta debe incluir la fecha, su número de cliente del DSS, y su dirección. Usted debe firmar su nombre. Haga una copia para se.
- Usted debe enviar su petición por correo o por fax a:
DSS, Office of Administrative Hearings
25 Sigourney St., 12th Floor
Hartford, CT 06106
Tel: 1-800-462-0134 ó 860-424-5760
Número de Fax: 860-424-5729
¿Cuánto tiempo tengo para pedir una Audiencia Justa?
- Usted debe de enviar su petición para una Audiencia Justa al DSS dentro de 60 días de la fecha del aviso que el DSS le envió acerca de sus beneficios.
- En la mayoría de las situaciones, si usted pide una audiencia dentro de 10 días de la fecha de la notificación del DSS, sus beneficios no serán reducidos o suspendidos hasta que el oficial judicial haga una decisión.
Sin embargo, si usted está al final del periodo de beneficios de los 21 meses o al final de la extensión de 6 meses, sus beneficios no continuarán mientras que usted espere la audiencia.
Si el oficial judicial está de acuerdo con usted, usted recibirá sus beneficios y le pagarán cualquier beneficio que debió haber recibido anteriormente si sus beneficios fueron reducidos o suspendidos.
Si el oficial judicial no conviene usted debe haber conseguido beneficios, el DSS puede cobrarle cualquier pago que usted no debió de haber recibido reduciéndole sus beneficios mensuales en el futuro o cerca que toma otras medidas para recoger el "overpayment."
¿Existen programas que ayudarían a mi familia si perdimos los beneficios de Asistencia Pública?
A continuación, hay algunos recursos que podrán ser disponibles para familias y pueden ser especialmente importantes si pierde su ayuda de dinero en efectivo de Asistencia Pública. Para informarse en dónde puede aplicar para estos programas y para saber si hay otros tipos de ayuda disponible, llame a Infoline (211).
Beneficios de Medidas de Seguridad (en inglés "Safety-Net")
Algunas familias que pierden dinero en efectivo de TFA porque alcanzaron un límite de tiempo o porque no califican para las extensiones porque no siguieron requisitos del empleo del DSS, pueden ser elegibles para beneficios de Medidas de Seguridad.
Si usted es elegible, un trabajador de Infoline debe comunicar con usted para determinar su situación y para referirlo a las agencias del servicio para la comunidad. Si le no han llamado, usted puede llamar Infoline (211).
Los beneficios de Medidas de Seguridad pueden variar dependiendo de los fondos disponibles y los servicios que DSS decida proveer. En el pasado, los beneficios del programa Medidas de Seguridad han incluido: comida, ropa, servicio de empleo, manejo intensivo de casos, prevención de desahucio/desalojo, incluyendo ayuda para pagar el alquiler/renta.
Vivienda y Asistencia para Pagar el Alquiler/Renta
- "T-RAP" (El Programa Pasajero de Asistencia para Pagar el Alquiler/Transitionary Rental Assistance Program o "T-RAP"). Si su familia tiene demasiado ingreso para calificar para una extensión de TFA o si usted deja la Asistencia Pública/TFA en cualquier momento en que un miembro del hogar esté trabajando por lo menos 12 horas por semana, usted puede solicitar para TRAP primeros 6 meses después de haber dejado el TFA. T-RAP puede ayudarle a pagar su alquiler por un año. T-RAP es para las familias que trabajan y pagan más de 40% del ingreso del hogar en alquiler y no reciben subsidio de vivienda. La cantidad de asistencia del alquiler disponible depende del ingreso de la familia y de la cantidad del alquiler que pagan. Su trabajador del DSS debe decirle sobre el programa T-RAP en su Entrevista de Terminación ("Exit Interview") y usted puede comenzar el proceso de aplicación en ese momento. T-RAP no está disponible para las familias mientras que están recibiendo ayuda del TFA.
Los fondos para el programa T-RAP son limitados. Si no hay suficientes fondos en cualquier mes para ayudar a todos los nuevos aplicantes, una lotería (es como una rifa) se lleva a cabo para determina quien será aprobado.
- "RAP" y Sección 8. Las familias de bajos ingresos tal vez puedan obtener asistencia para los pagos de renta a través del Programa de Asistencia de Alquiler (Rental Assistance Program o "RAP") o Sección 8.
- Reducción de Alquiler. Si usted vive en vivienda pública, recibe Sección 8 o ayuda del Programa de Asistencia de Alquiler ("RAP") y ha perdido sus beneficios de dinero en efectivo de Asistencia Pública, inmediatamente pida que le reduzcan su alquiler.
- Banco del Alquiler. Este programa del DSS da ayuda en pagar el alquiler a las familias que son en peligro de llegar a ser sin hogar o en el peligro inminente del desahucio o de la ejecución de una hipoteca.
- Asistencia de Depósito de Seguridad. Este programa del DSS está disponible para muchas familias de bajos ingresos.
- Los Refugios de Emergencia pueden ayudar a las familias que no tienen donde vivir. Para encontrar un refugio, llame a Infoline.
Nota: Si su familia se encuentra sin hogar, sus hijos pueden continuar asistiendo a la escuela que iban anteriormente (la escuela debe de ayudarle a conseguir transportación para que sus hijos vayan a la escuela) -O- los niños pueden asistir a la escuela del pueblo donde residen temporalmente. Usted debe hacer su decisión tomando en cuenta lo mejor para sus niños.
Asistencia Alimenticia
- Cupones de Alimento (conocido ahorra beneficios de "SNAP"). Si el ingreso de su familia es bajo, usted puede calificar para los cupones de alimento aun cuando usted no reciba Asistencia Pública. Cuando usted pierde el ingreso de Asistencia Pública (o cualquier otro tipo de ingreso) la cantidad de sus beneficios de cupones de alimentos deben de aumentar. Asegúrese de asistir a su Entrevista de Terminación en el DSS para que su familia no pierda los beneficios de los cupones de alimentos. Si usted pierde los beneficios de los cupones de alimento, vuelva a aplicar en el DSS.
- "WIC." Si alguien en su familia está embarazada o hay un niño menor de 5 años, usted puede calificar para recibir suplementos de alimentos del programa de Mujeres, Infantes, y Niños (en inglés "WIC").
- Programas de desayuno y almuerzo escolar. Si sus niños asisten a la escuela, solicite en la misma escuela para desayunos y almuerzos gratis o a bajo costo.
- Comedores y despensas de beneficencia pública. Algunas comunidades tienen comedores de beneficencia donde usted puede comer sin costo alguno, y despensas de beneficencia que distribuyen algunos alimentos.
- Localidades de distribución de alimentos para niños, durante el verano. Muchas comunidades tienen programas de almuerzo gratis para los niños. Llame a Infoline al 211 para localizar estos sitios.
Beneficios Médicos del Estado ("Medicaid" y "HUSKY A")
Casi todas las familias (adultos y niños) que pierden los beneficios de dinero en efectivo de Asistencia Pública deben continuar recibiendo cobertura médica del Estado. El periodo de tiempo que usted podrá mantener estos beneficios dependerá de su ingreso. Nota: Asegúrese de ir a su Entrevista de Terminación en el DSS para que su familia no pierda la cobertura médica. Si pierde su cobertura, puede volver a aplicar para los beneficios médicos en el DSS.
Ayuda con la Manutención de Hijos
Llame a la línea de información de ejecución de manutención de hijos al 1-800-228-5437 si necesita ayuda consiguiendo o haciendo cumplir las órdenes de manutención de hijos.
Asistencia de Cuidado de Niños
Los programas están disponibles para ayudar a pagar cuidado de niño para permitir a un padre o a una madre que trabaje (los niños deben de ser menores de 13 años o tener necesidades especiales). A veces el DSS limita a quienes pueden recibir los beneficios de asistencia de cuidado de niños. Llame a Infoline para obtener información sobre quien puede recibir esta asistencia, como aplicar y como encontrar proveedores de cuidado de niños.
Asistencia de Energía y Protección contra la Terminación de Servicios Públicos (Gas o Luz)
- La asistencia de energía está disponible para ayudar a pagar las cuentas de calefacción comenzando el 1 de noviembre. Llame Infoline al 211 o 1-800-203-1234 para encontrar un sitio en donde aplicar.
- Asistencia para la Protección en Contra de las Condiciones del Tiempo (en inglés "Weatherization Assistance"), puede ser disponible para ayudarle a reducir sus cuentas de utilidades. Los clientes de CL&P: llamen al programa "WRAP" al 1-800-388- 9727. Los clientes de UI: llamen alprograma "UI-HELPS" al 1- 877-947-3873. Los clientes de las compañías de gas: La ayuda se coordina con los programas de CL&P y UI. Utilidades municipales tienen programas de conservación, llámelos directamente.
- El estado de "Casos de Necesidad" (en inglés "hardship") protege a los clientes de las compañías de electricidad y de gas para que no le corten los servicios durante Nov. 1 y May 1. Aplique para esta programa con su compañía de utilidades cada invierno.
Nota: Si el corte de los servicios básicos del hogar ponen en peligro la vida, las compañías de gas y electricidad no pueden descontinuar estos servicios en cualquier época del año
- Los programas de perdón de atrasos (conocidos en inglés como "arrearage forgiveness programs") están disponibles para los clientes que reciben asistencia de energía para sus deudas de calefacción de UI, CL&P, CNG, SCG o de Yankee Gas. Un programa de perdón de atrasos significa que parte de su deuda atrasada será perdonada a cambio de que usted haga pagos regulares a su cuenta. CL&P y UI tienen programas especiales de pagos, más económicos para pagar las cuentas para esos clientes de calefacción que no pueden participar en sus programas de perdón de atrasos.
Ayuda Para Encontrar Empleo
Los Centros de Trabajo (conocidos en inglés como "CT Works" o "One-Stop Centers") pueden ayudarle encontrar trabajo. Localiza el centro más cercano a usted en las páginas azules de la guía telefónica bajo el Estado de CT, Departamento de Trabajo, o Centros de Trabajo. Los servicios son gratuitos.
Crédito de Impuesto por Ingreso del Trabajo (Earned Income Tax Credit/sigla "EITC")
El Crédito de Impuesto por Ingreso del Trabajo (conocido en inglés como "EITC") es un beneficio de impuestos para personas que trabajan. Si usted califica para EITC, usted deberá menos impuestos y tal vez le devuelvan dinero. Usted puede conseguir un EITC aun cuando usted recibe Asistencia Pública ("welfare"), Medicaid, SSI, cupones de alimento o vivienda para personas de bajo ingreso. Llame al Infoline o al "IRS" al 1-800-829-1040.
Asistencia para Veteranos
Hay asistencia de emergencia limitada para ayudar algunos veteranos y a sus familias a través del Fondo de Soldados y Marinos (conocido en inglés como Soldiers, Sailors & Marines Fund). El veterano debe haberse retirado honorablemente y haber servido durante cierto período de tiempo. En cada pueblo hay una localidad que procesa estas solicitudes. Llame al Infoline a 211.
Este folleto fue preparado por el Legal Assistance Resource Center of CT en colaboración con Connecticut Legal Services, Greater Hartford Legal Aid, New Haven Legal Assistance Association, y Statewide Legal Services.
La información aquí contenida está basada en la legislación de CT vigente al mes de 12/2009. Esperamos que esta información le sea de utilidad. No pretende servir de asesoramiento legal para una situación particular. Si necesita ayuda adicional y todavía no lo ha hecho, comuníquese con Statewide Legal Services (ver más arriba) o consulte con un abogado. Derechos de propiedad: 12/2009






