Este artículo fue preparado por LARCC en colaboración con CLS, GHLA, NHLAA, y SLS.

Prácticas de Colección de Deudas: Lo Que un Colector de Deudas Puede y no Puede Hacer

Si usted debe dinero, como por ejemplo un préstamo para un automóvil, una compra hecha a través de una tarjeta de crédito o la hipoteca de una casa, casi siempre se le requiere que haga pagos fijos. Si paga tarde o si pierde un pago, el acreedor puede ponerse en contacto con usted (la persona o la empresa a quien usted le debe dinero) o a través de un coleccionista de deudas (una persona que trabaja para una agencia que colecciona las deudas de otras personas).

Los acreedores o las agencias coleccionistas por lo general tratan de hacer que usted pague aunque usted no pueda pagar por problemas financieros o por alguna disputa que tenga con el acreedor. Sin embargo, hay ciertas cosas que los acreedores y los coleccionistas no pueden hacer. La ley lo protege a usted en contra de ciertas prácticas que son comunes pero ilegales. Conociendo cuáles son estas prácticas pueden ayudarle a protegerse.

Encontrará las respuestas en este panfleto a muchas preguntas que usted puede tener acerca de lo que un acreedor o una agencia coleccionista puede y no puede hacer cuando trata de cobrarle una deuda. La siguiente información es aplicable a la mayoría de las empresas y agencias que colectan deudas. También hallará cartas que podrá usar para obligar a que los acreedores lo dejen de molestar. Seleccione la carta apropiada, complétela, haga una fotocopia. Envíe la copia o guarde la carta completada dentro de este panfleto para sus archivos. O use las cartas en este panfleto como ejemplos y escriba sus propias cartas.

No puedo pagar todas mis cuentas y mis acreedores están exigiendo el pago. ¿Qué puedo hacer?

Primero, decida cuáles cuentas debe pagar a tiempo y asegure que tenga suficiente dinero para pagar estas cuentas. Es importante pagar el alquiler, las cuentas eléctricas, de agua y de gas, y que le sobre suficiente dinero para comprar comida. Si está haciendo pagos por un auto y no quiere que le quiten el auto por falta de pagos, separe dinero suficiente para cubrir esa cuenta también.

Segundamente, decida cuánto del dinero que le sobra usted puede usar para pagar las otras cuentas. Empiece pagando las cuentas de las cosas que le pueden embargar por falta de pagos.

• También puede consultar con un servicio de consejería de crédito para que le ayuden a formular un presupuesto.

Llame o visite:
University of Connecticut
Cooperative Extension Service
305 Skiff Street
North Haven, CT 06473
203-407-3161

¿Qué sucede si un acreedor quiere más dinero de lo que yo puedo pagar?

No permita que un acreedor lo presione a comprometerse a pagar más de lo que usted pueda. Haciendo promesas que usted no puede cumplir solo le dará más problemas cuando el acreedor descubra que usted no puede pagar lo que ha prometido. Envíe solo lo que usted pueda cada semana aunque el acreedor diga que no es suficiente.

¿Y si yo no debo la cantidad que ellos dicen que debo?

Debe dejarle saber al acreedor o a la agencia colectora inmediatamente. La ley requiere que ellos verifiquen sus alegaciones y provean la prueba de lo que usted debe.

Después de la investigación, si todavía están en desacuerdo, el acreedor tiene que llevarlo a la corte para probar cuánto usted debe.

Para notificarle al acreedor de que usted no debe la cantidad que ellos dicen, puede completar la Carta A. Marque solo los cajones que expliquen su situación - las razones por la cuales usted no está de acuerdo con la cantidad que ellos dicen que usted debe. Saque una fotocopia de la carta y envíele la original. Si tiene recibos, cheques cancelados u otros documentos que comprueben su caso, saque copias y envíeles las copias también. Quédese con las originales. Las puede necesitar como prueba si tiene que defenderse en corte.

Para mantener más pruebas, envíe su carta certificada y pida que le envíen, por correo, un recibo cuando llegue a su destino. Manténgalo con los otros papeles referentes a sus deudas.

¿Qué pueden hacerme los acreedores si no pago mis deudas?

Las acciones que pueden tomar los acreedores dependen sobre el tipo de deuda.

  • Si se ha atrasado en su alquiler, el dueño puede tomar acción legal y tratar de que lo echen de la casa.
  • Las compañías eléctricas, de agua y gas pueden cortarle el servicio si no paga, excepto durante los meses de invierno (1 de noviembre – 1 de mayo) si usted es un caso de infortunio (“hardship”). (Vea el panfleto de la Ayuda Legal, Cómo Mantener Su Servicios de Electricidad y de Gas Todo el Año.)
  • Si usted debe dinero por una “compra asegurada”—algo que puede ser embargado por el vendedor—debe hacer pagos fijos para evitar el riesgo de perder lo que compró antes de que termine de pagarlo.
  • Si usted debe dinero por algo que no pueden embargar, el acreedor puede tomar acción legal en contra de usted para tratar de coleccionar la cantidad que usted debe. Si él o ella gana el caso, pueden ordenarle a que haga pagos cada semana. Si usted tiene que defenderse en corte, lo más seguro es que va a necesitar la ayuda de un abogado.

¿Y si un acreedor amenaza retener mi salario?

Es común que un acreedor o una agencia colectora lo amenace con retener su salario o su propiedad. Esto no puede hacerse al menos que un acreedor primero lo demande y gane en corte. Si usted recibe papeles legales, llame a un abogado inmediatamente. Aunque el acreedor gane una demanda en contra suya, no pueden retener su salario si usted cumple con todos los pagos semanales ordenados por la corte o si su ingreso es muy bajo. Si la cantidad es muy alta, puede intentar que se lo rebajen.

¿Estoy obligado a usar mi seguro social, desempleo, o fondos del welfare para pagar su deuda?

Si el acreedor lo demanda y gana, el acreedor puede tratar de tomar los beneficios que le deposita el gobierno directamente a su cuenta de banco. Bajo la ley, los beneficios del gobierno no tienen que ser usados para pagar muchas formas de deuda. Sin embargo, hay excepciones. Para más información, llame al Statewide Legal Services al 1-800-453-3320 o 860-344-0380.

No permita que nadie lo amenace con quitarle sus beneficios del gobierno. Si usted le recuerda al acreedor que ellos no pueden tocar estos fondos, puede convencerlo a que no tome más acción en su contra. Use la Carta D.

Si un acreedor me llevara a corte, ¿me pueden obligar a pagar los costos de abogados y otros costos de colección?

Solo si usted firmó un contrato que lo indique. Verifique su contrato. Aunque haya acordado pagar por estos costos, no tiene que pagar a menos que lo lleven a la corte y pierde. Si esto pasara, los gastos del abogado por lo general se limitan al 15% de su deuda.

Cuando un acreedor o una agencia colectora exige que usted pague los costos de los abogados u otros costos, debería llamar a un abogado. Mientras tanto, debería estar consciente de lo que se le prohíbe a un acreedor. Teniendo conocimiento de estos datos, usted puede proteger sus derechos. (Siga leyendo).

¿Puede un acreedor o una agencia colectora llamarme en el medio de la noche o a mi trabajo?

No. La ley prohíbe que los acreedores o las agencias de colección hostiguen o abusen de los consumidores. Eso significa que no lo pueden molestar llamándole durante horas inconvenientes o fuera de lo común (antes de las 8 am o después de las 9 pm). Si un tiempo o un lugar es inconveniente (por ejemplo en su trabajo), notifíquele al que lo llame por escrito y mantenga una copia. Un acreedor o una agencia de colección no puede llamarle si a su trabajo después de haber sido notificado que ese tipo de llamadas son inconvenientes o que su patrón no los permite.

¿Cómo puedo lograr que un acreedor o una agencia de colecciones deje de ponerse en contacto conmigo?

Notifíquele al acreedor o a la agencia de colección por escrito que usted ya no quiere ser contactado. Use la Carta B para este propósito. El efecto legal de escribir esta carta varía dependiendo si usted está escribiendo a una agencia de colecciones o a un acreedor.

Si le escribe esta carta a una agencia de colecciones, la agencia es prohibida por ley de comunicarse con usted excepto para comunicarle que no habrá más contacto o para notificarle que una acción legal específica, como presentar una demanda, será efectuada. Si le escribe esta carta directamente a un acreedor, el acreedor deberá ser prohibido ponerse en contacto con usted. Cuando le envía la Carta B directamente al acreedor, deberá incluir la siguiente oración en su carta: “Cualquier contacto de parte suya de aquí en adelante acerca de este caso será interpretado como hostigamiento y conducta abusiva.” (En inglés: "Any further contact from you about this matter will be deemed to constitute harassment and abusive conduct.")

Si usted tiene un abogado, facilite el nombre, teléfono y dirección del abogado al acreedor o a la agencia de colección. Ambos están obligados a solamente comunicarse con su abogado y jamás podrán comunicarse con usted.

¿Qué otras cosas se les prohíbe a los acreedores o a los coleccionistas de deudas?

  • Un acreedor o agencia de colección no puede hostigarlo con fines de que usted pague una deuda. La ley dice que los acreedores o coleccionistas de deudas no pueden:
    • Amenazarlo a usted otra persona, a su propiedad o su reputación;
    • Usar obscenidades o profanidades;
    • Contactar a sus vecinos, familiares o patrón para que le pidan a usted que pague una deuda;
    • Usar el teléfono repetidamente para molestar a cualquier persona llamando a horas irrazonables;
    • Llamar por teléfono a cualquier persona sin identificarse.

Los coleccionistas están entrenados a que usted pierda la paciencia y diga cosas que después pueden usar en su contra. No pierda la cabeza…y cuelgue el teléfono.

  • Es ilegal para los acreedores o agencias de colección hacer declaraciones falsas para colectar una deuda. No pueden:
    • Sugerir falsamente que el colector de deudas es un abogado;
    • Sugerir falsamente que usted ha cometido un crimen o que será arrestado o encarcelado si no paga su deuda;
    • Declarar falsamente que un colector de deudas representa al gobierno estatal o de los Estados Unidos;
    • Declarar falsamente que los papeles que se le enviarán vienen de la corte, cuando no lo son;
    • Usar cualquier nombre falso;
    • Sugerir falsamente que pueden retener beneficios monetarios como el Seguro Social por Incapacidad, pensión, retiro, mantengo de niños, mantengo matrimonial, etc.
  • Finalmente, es ilegal que un acreedor o una agencia de colección use prácticas injustas. No pueden:
    • Colectar cualquier cantidad mayor de la que debe;
    • Contactarlo a través de postales;
    • Colocar en un sobre nada que indique que la carta enviada se trata de una colección de deuda;
    • Poner un anuncio público divulgando su deuda;
    • Obligarlo a aceptar llamadas “collect” o pagar por telegramas. (Usted no tiene que aceptar los cargos a menos que esté de acuerdo, no debería hacerlo.)

¿Qué puedo hacer si un acreedor o agencia de colección me sigue acosando y viola la ley?

Puede reportar esta situación a varias agencias. Use la Carta C para presentar sus quejas con estas agencias.

¿Debo considerar la bancarrota?

Puede considerar declarar la bancarrota. Vea el panfleto de la Ayuda legal, Una Guía a la Bancarrota.

Instrucciones para Usar las Cartas

Las Cartas

Use la Carta A para informarle a un acreedor o a una agencia de colecciones que usted debe una cantidad de dinero diferente de lo que le están cobrando, o por qué no ha pagado su cuenta (marque el cajón apropiado).

Use la Carta B para comunicarle a un acreedor o agencia de colección que no quiere que lo contacten más.

Use la Carta C para presentar una queja en contra de un acreedor o agencia de colección con la lista de agencias de protección al consumidor nombradas arriba.

Use la Carta D para comunicarle a la agencia de colección o a un acreedor que paren de contactarlo y para decirles que su ingreso está exento de colección. (Exento significa que su ingreso no puede ser colectado).

Por cada carta que usted envíe, haga lo siguiente antes de enviarlo:

1) Llene los blancos con la información apropiada.

2) Sáquele una fotocopia a su carta.

3) Envíele una copia de las cartas de este panfleto al acreedor, la agencia de colección o el departamento de protección al consumidor.

4) Guarde la carta original. Puede que lo necesite si tiene que ir a corte.

Esta guía fue preparada por el Centro de Recursos de Asistencia Legal de Connecticut (Legal Assistance Resource Center of Connecticut) en colaboración con Connecticut Legal Services, Greater Hartford Legal Aid, New Haven Legal Assistance Association y Statewide Legal Services.

La información incluida en esta guía se basa en las leyes de Connecticut vigentes al 12/2009. Esperamos que esta información le resulte útil. No tiene como finalidad servir de asesoramiento legal para una situación particular. Si necesita más ayuda, comuníquese con Statewide Legal Services o consulte con un abogado.

Para Más Información:

Statewide Legal Services: 860-344-0380 (CT Central y Middletown) o 1-800-453-3320 (resto de las regiones).

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