Este artículo fue preparado por LARCC en colaboración con CLS, GHLA, NHLAA, y SLS.

Una Guía a la Bancarrota

¿Qué es la bancarrota?

La bancarrota ("bankruptcy") es un proceso legal que puede ayudarle si usted tiene más deudas de las que puede pagar. Para empezar el proceso de la bancarrota, deberá presentar papeles legales (una petición) en el Tribunal de Bancarrotas. Deberá enumerar todas sus deudas y su propiedad en la petición. Después que usted declare la bancarrota, sus acreedores no podrán colectar las deudas directamente de usted. Tendrán que someter cualquier reclamo al Tribunal de Bancarrotas.

NOTA: Todavía es posible declarar la bancarrota. En octubre del 2005 nuevos reglamentos de bancarrota fueron incluidos tal como:

Casi todos deben completar un programa de asesoría sobre el crédito y débito antes de declararse en bancarrota. Hay cargos por esta asesoría pero a las personas de bajos ingresos se las pueden anular. La asesoría puede llevarse a cabo por teléfono.

No se inscriba en ningún tipo de asesoría hasta que consulte con un abogado sobre la bancarrota y si es la mejor alternativa para usted.

¿Cómo me puede ayudar la bancarrota?

La bancarrota puede hacer posible que:

  • Usted puede tener un nuevo comienzo financiero "liquidando" (o borrando, en inglés, "discharging") ciertas deudas. Esto significa que por ley, usted no sería requerido a pagar esas deudas. (Vea cuáles son las deudas que puede "liquidar.")
  • Descontinuar la retención de sueldo, en inglés, "wage attachments." (Una retención de sueldo es cuando un acreedor obtiene una orden de la corte permitiendo que algún dinero sea tomado de sus cheques para pagar la deuda.)
  • Evita que los acreedores y los colectores de deudas lo hostiguen y lo molesten.
  • Permite que usted conserve su salario futuro, el dinero que reciba, o cualquier propiedad que compre. Esto significa que aquellos acreedores a quienes las deudas les fueron descargadas, no podrán cobrarle las deudas antiguas.

¿Cuáles deudas SE PUEDEN "liquidar"?

Nota: Las deudas de Pensión de Alimenticia y la Pensión de Manutención de hijos caen bajo otros reglamentos. Para más información, llame a Statewide Legal Services.

La bancarrota puede liquidar la mayoría de las deudas que no están “garantizadas.” Las deudas son “garantizadas” (en inglés, “secured”) o “no garantizadas.” Las deudas que no están garantizadas no tienen ninguna propiedad que el acreedor pueda embargar  (tomar posesión). Ejemplos de deudas no garantizadas incluyen la mayoría de las tarjetas de crédito, de débito y las cuentas médicas. Las deudas garantizadas están relacionadas a un artículo propietario. (Por ejemplo, su carro o la hipoteca de su casa.) Si usted deja de hacer pagos, el prestamista puede embargar su propiedad.

¿Cuáles deudas NO SE PUEDEN liquidar"?

La bancarrota no puede resolver todos los problemas propietarios. Algunas deudas que no se pueden liquidar son:

  • Pensión de alimenticia y la pensión de manutención de hijos.
  • Préstamos estudiantiles (a menos que usted puede comprobar que tiene “dificultades financieras extremas”).
  • Cuentas de impuestos recientes.
  • Deudas garantizadas (como se explicó anteriormente).
  • Deudas que acumula después de que haya declarado la bancarrota.
  • Deudas que resultan de fraude (por ejemplo, no haber divulgado la verdad en una solicitud de crédito) o si no ha sido honesto con la corte en sí.

¿Cuál propiedad puedo conservar?

Se le permite conservar suficiente propiedad para empezar nuevamente después de la bancarrota. Puede conservar la mayoría de los muebles en su hogar (muebles, platos, etc.), algunas joyas, su ropa, y las herramientas que usa para su trabajo. Actualmente, usted puede conservar $20,200 a $125,000 del valor de su casa, y hasta $10,775 en propiedad (incluyendo dinero en efectivo). Las cantidades exactas dependerán encendido si usted elige la protección bajo las leyes de bancarrota de Connecticut o de Federal.

¿Puedo conservar mi automóvil?

La mayoría de las personas que declaran bancarrota pueden conservar su automóvil. Depende de cuánto es el valor del auto y si usted todavía lo está pagando.

¿Qué efecto tendrá la bancarrota sobre mi crédito?

La mayoría de las personas que declaran bancarrota ya tienen problemas con varios acreedores, y, por eso, ya tienen mal crédito. La bancarrota no empeorará esos problemas, ni los hará desaparecer. La bancarrota aparecerá en su historial de crédito por 10 años. Podría conseguir crédito después de haber declarado la bancarrota, pero es a discreción del prestamista.

¿Me costará presentar la petición de bancarrota?

Sí. La cuota es aproximadamente $300. Algunas personas de bajos ingresos pueden ahora conseguir estas cuotas renunciadas. Esto significa que estas personas no tendrán que pagar por presentar los papeles de la bancarrota. Si no le pueden tener una exención de las cuotas, puede ser que le dejen hacer pagos mensuales.

¿Tengo que asistir a alguna audiencia?

Sí, hay una audiencia muy corta a la que tiene que asistir. Esto ocurre al poco tiempo de que usted presente la petición. Se llama la “reunión de acreedores” (en inglés, “meeting of creditors”), aunque los acreedores no siempre asisten. Y en algunos casos quizás tenga que asistir a otra audiencia.

¿Importa si me han demandado?

No. En la mayoría de los casos, aunque lo hayan demandado y haya perdido, la deuda (la “Sentencia”) puede ser cancelada. Esto es cierto aunque haya un descuento de su cheque en pie.

¿Qué les ocurrirá a las personas que garantizaron mis préstamos con su firma?

Los garantizadores son tan responsables como usted por el pago de esos préstamos. Si usted liquida una deuda a través de la bancarrota, el acreedor tiene el derecho legal de exigirle al que garantizó la deuda a que la pague.

¿Necesito la ayuda de un abogado?

El declarar la bancarrota es muy complicado para que usted lo haga solo. Vea la siguiente sección para conseguir ayuda.

Consumer Law Project for Elders para ayuda legal gratis para las personas que tienen 60 años de edad o más. 1-800-296-1467.

Residentes de los Condados de Fairfield & New Haven: Representación gratis (pro bono) puede conseguirse a través del Tribunal de Bancarrotas Federal. Contacte la Oficina del Secretario que aparece abajo y pida una solicitud para el panel pro bono. (O visite www.ctb.uscourts.gov).

Condado de New Haven: 157 Church Street, New Haven. Tel: 203-773-2009.

Condado de Fairfield: 915 Lafayette Blvd, Bridgeport. Tel: 203-579-5808.

Esta guía fue preparada por el Centro de Recursos de Asistencia Legal de Connecticut (Legal Assistance Resource Center of Connecticut) en colaboración con Connecticut Legal Services, Greater Hartford Legal Aid, New Haven Legal Assistance Association y Statewide Legal Services.

La información incluida en esta guía se basa en las leyes de Connecticut vigentes al 06/2011. Esperamos que esta información le resulte útil. No tiene como finalidad servir de asesoramiento legal para una situación particular. Si necesita más ayuda, comuníquese con Statewide Legal Services o consulte con un abogado.

Para Más Información:

Statewide Legal Services: 860-344-0380 (CT Central y Middletown) o 1-800-453-3320 (resto de las regiones).

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