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Educación especial: Protegiendo a su hijo, protegiendo sus derechos

marzo de 2023

¿Qué es la educación especial?

La educación especial es la instrucción en el salón de clase para los estudiantes entre los 3 y los 22 años que tienen alguna discapacidad que requiere que reciban ayuda especial en la escuela. Esta ayuda puede incluir clases especiales, programas, o servicios especiales para ayudar al estudiante a participar en las clases regulares.

Las discapacidades por las cuales un menor puede recibir educación especial incluyen

  • problemas del habla o del lenguaje;
  • autismo;
  • trastorno por déficit de atención;
  • problemas auditivos o de vista;
  • discapacidades intelectuales o en el aprendizaje;
  • trastornos neurológicos o físicos;
  • trastornos emocionales graves;
  • lesión cerebral traumática; o
  • algún otro trastorno de salud como asma, diabetes, epilepsia, problemas cardíacos, hemofilia, intoxicación por plomo, leucemia, fiebre reumática, anemia de células falciformes y síndrome de Tourette.

Si su hijo tiene menos de 3 años y a usted le preocupa su habilidad de ver, hablar, oír, moverse, comer o jugar, el sistema de intervención temprana del Estado (el programa Birth to Three / Desde el nacimiento hasta los 3 años) le puede ayudar. Para más información:

  • Hable con alguien en su distrito escolar.
  • Llame a la línea informativa sobre el desarrollo infantil (Child Development Infoline) al 1-800-505-7000 o visite http://cdi.211ct.org.
  • Busque el programa para niños desde el nacimiento hasta los tres años (Birth to Three System) de su pueblo en www.birth23.org/towns.

El resto de este folleto se concentrará en la educación especial para los niños en edad escolar.

¿Quieres que te envíen información legal a tu teléfono? Envíe un mensaje de texto con la palabra EDUCACIÓN al 203-780-0962 y le enviaremos información legal.

¿Cómo puede obtener mi hijo los servicios de educación especial en la escuela?

Si usted cree que su hijo tiene alguna discapacidad, usted puede solicitar que le hagan una evaluación de su elegibilidad para educación especial. Esto se llama una remisión para recibir educación especial.

NOTA: La remisión para educación especial debe hacerse por escrito para que tenga validez legal.

Usted puede escribir una carta de remisión al director de la escuela o al director de educación especial (consulte la Carta Modelo A) o pregunte si la escuela tiene un formulario que usted puede llenar. Usted puede entregar la remisión a la escuela personalmente o por correo certificado y debe guardar una copia para usted. Si usted la entrega personalmente, recuerde solicitar que la persona que la recibe le entregue una copia firmada y fechada.

La remisión para educación especial puede ser hecha por

  • Uno de los padres del niño o el tutor legal del niño;
  • la maestra del niño u otro miembro del personal de la escuela;
  • otra persona profesional, como un pediatra o un trabajador social; o
  • el estudiante, si tiene 18 años o más.

El distrito escolar debe hacer un remitido a educación especial si

  • el niño ha sido suspendido muchas veces; o
  • su asistencia, conducta, o progreso académico en la escuela no es satisfactorio.

¿Qué ocurre después de ser realizada la remisión?

Una vez que se realiza la remisión, la escuela debe

  • formar un Equipo de Planificación y Colocación (PPT por su sigla en inglés de Planning and Placement Team) y programar una reunión del Equipo de Planificación y Colocación.

El Equipo de Planificación y Colocación (PPT)

El Equipo de Planificación y Colocación (PPT) es un grupo de personas que trabajan juntas para hablar y planificar acerca de las necesidades educativas del niño. Los padres son integrantes fundamentales y tienen los mismos derechos que el resto de los integrantes de este equipo.

Los miembros del PPT deben incluir

  • uno de los padres del niño, o su tutor legal;
  • un administrador de la escuela o una persona designada por dicho administrador;
  • el maestro de educación regular del niño, si tiene uno; y
  • un integrante del personal de educación especial.

El PPT también puede incluir

  • otro miembro del personal de la escuela;
  • su hijo, si se considera adecuado; y
  • cualquier otra persona que usted crea conveniente.

¿Cuándo tendrá lugar la primera reunión del PPT?

El distrito escolar deberá avisarle a usted por escrito como mínimo cinco 5 días escolares antes de la reunión. El aviso debe incluir:

  • la fecha, la hora, el lugar y el propósito de la reunión del PPT; y
  • las personas que han sido invitadas a la reunión.

Si la hora o el día del PPT no se acomoda a su horario, usted puede pedirle al distrito escolar que programe la reunión a una hora o fecha mejor para usted. Si aún así usted no puede asistir en persona, el distrito escolar deberá tratar de recurrir a otros medios para que usted participe, tales como, por medio de llamadas telefónicas personales o videoconferencias. Si usted no puede asistir a la reunión de ninguna manera, la reunión podrá celebrarse sin su presencia.

¿Qué ocurrirá en la primera reunión del PPT?

En la primera reunión del PPT, el equipo hará lo siguiente:

  • hablará sobre la razón por la que el niño fue referido para recibir educación especial,
  • analizará cómo le está yendo al niño en la escuela.
  • Considerará la información acerca de su hijo proveniente de parte suya, de los maestros y demás miembros del personal escolar, y de profesionales tales como un psicólogo escolar, o un profesional de terapia ocupacional, física, o del habla.
  • Decidirá si su hijo necesita recibir una evaluación más exhaustiva para obtener más información.

Si el distrito escolar decide evaluar a su hijo para recibir educación especial, la escuela tendrá que hacer lo siguiente dentro de los 45 días a partir del día en que se hizo la remisión (sin contar el tiempo que le tome obtener el consentimiento de uno de los padres):

  • evaluar al niño,
  • tener una reunión del PPT para hablar sobre los resultados de las evaluaciones, e
  • implementar el plan educativo.

En caso de que el distrito escolar decida NO evaluar a su hijo, y usted no esté de acuerdo con la decisión, usted podrá apelar la decisión solicitando una audiencia de proceso debido. Para más información sobre el proceso debido, vea abajo: ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con el distrito escolar sobre lo que es mejor para mi hijo?

¿Qué es una evaluación?

Una evaluación es un medio de obtener información sobre su hijo que le ayudará a usted y a la escuela a tomar decisiones importantes sobre la educación de su hijo. La evaluación debe ser gratuita para el padre o tutor legal del niño.

El distrito escolar por lo general no puede evaluar a su hijo sin su autorización escrita. Si usted no quiere que se evalúe a su hijo, usted puede decir que no lo hagan.

Antes de firmar el formulario consintiendo que evalúen a su hijo, léalo con atención y no dude en hacer preguntas.

La escuela puede evaluar las siguientes características del menor:

  • inteligencia;
  • habilidad académica
  • destrezas motoras;
  • comportamiento;
  • salud mental;
  • habla o lenguaje; y
  • vista, oído o salud física.

NOTAS IMPORTANTES:

  • Las evaluaciones deben ser realizadas en el idioma materno de su hijo o en el modo a través del cual el niño se comunique (por ejemplo, lenguaje de señas).
  • El distrito escolar no debe discriminar a su hijo por su raza, cultura, o por la discapacidad que tenga.
  • Los resultados de las evaluaciones no deben compartirse con nadie que no forme parte del equipo sin su autorización por escrito.

¿Qué ocurre una vez finalizada la evaluación?

Una vez finalizada la evaluación, se celebrará otra reunión del PPT para analizar los resultados y decidir si su hijo tiene una discapacidad que lo haga elegible para los servicios de educación especial.

Si el PPT decide que su hijo reúne los requisitos para recibir educación especial, los próximos pasos del equipo serán para identificar todas las necesidades de su hijo y decidir qué servicios le serán ofrecidos por el distrito escolar.

Si el PPT decide que su hijo no reúne los requisitos para recibir educación especial, la escuela deberá comunicárselo a usted por escrito y brindarle información sobre las alternativas que tiene en caso de que usted no esté de acuerdo con la decisión.

¿Qué alternativa tengo si la escuela se niega a evaluar a mi hijo o yo no estoy de acuerdo con las evaluaciones de la escuela?

Si la escuela se niega a evaluar a su hijo o si usted no está de acuerdo con las evaluaciones de la escuela, usted tiene derecho a una Evaluación educativa independiente (IEE por sus siglas en inglés). Usted puede elegir su propio evaluador o pedirle a la escuela una lista de evaluadores independientes.

Se celebrará otra reunión del PPT con el objeto de analizar la evaluación independiente. El distrito escolar deberá considerar los resultados de la evaluación independiente, pero no estará obligado a estar de acuerdo con los resultados o las recomendaciones del evaluador independiente.

¿Quién debe pagar por la evaluación independiente?

El distrito escolar deberá pagar por la evaluación independiente a no ser que éste solicite una audiencia de debido proceso. Una audiencia de debido proceso es una reunión en la cual un oficial de audiencias decide cómo resolver un desacuerdo. En caso de celebrarse una audiencia de debido proceso, el distrito escolar deberá probar que su evaluación fue adecuada. Para más información sobre el debido proceso, vea abajo: ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con el distrito escolar acerca de lo que es mejor para mi hijo?

  • Si el oficial decide que la evaluación realizada fue adecuada, usted podrá solicitar una evaluación independiente, pero usted deberá pagarla.
  • Si el oficial decide que la evaluación realizada por el distrito escolar no fue adecuada, la escuela deberá pagar los costos de la evaluación independiente.

Mi hijo reúne los requisitos para recibir educación especial. ¿Qué ocurre después?

Programa Individualizado de Educación (IEP)

El próximo paso es celebrar una reunión para elaborar un plan para la educación de su hijo. Este plan se llama el Programa Individualizado de Educación (IEP por su sigla en inglés de Individualized Education Program). En la reunión del PPT el equipo debe establecer metas educativas razonables para su hijo, y hablar sobre los servicios de educación especial que su hijo obtendrá.

El IEP deberá elaborarse por escrito, y el distrito escolar deberá obtener su autorización escrita para la colocación de su hijo en la educación especial. El distrito escolar no puede obligarlo a aceptar la educación especial para su hijo.

¿Quién elabora el IEP de mi hijo? ¿Puedo colaborar?

El Equipo de Planificación y Colocación es el encargado de elaborar el IEP de su hijo. Recuerde: usted es un integrante sumamente importante de este equipo y sus comentarios, opiniones e inquietudes son necesarios.

¿Cómo me preparo para la reunión del PPT?

Estas son algunas de las cosas que usted puede hacer antes de la reunión del PPT:

  • Preguntarle a su hijo qué siente y piensa acerca de la escuela.
  • Hablar con los maestros o terapeutas de su hijo.
  • Solicitarle al distrito escolar una copia de los registros escolares de su hijo. Usted tiene derecho a obtener una copia gratuita (consulte la Carta B).
  • Preparar una lista con los puntos fuertes y débiles de su hijo y con las cosas que cree que su hijo puede lograr durante el año escolar.
  • Anotar lo que le gustaría decir durante la reunión. No tenga miedo de preguntar y compartir sus opiniones sobre su hijo.
  • Visitar la clase de su hijo (con el permiso del distrito escolar).
  • Asegurarse de que se hayan realizado todas las evaluaciones necesarias. Si cree que su hijo las necesita, no dude en solicitar evaluaciones adicionales. Sería conveniente solicitarle a un profesional como el pediatra de su hijo o al trabajador social de su hijo que analice los registros de su hijo para ver si es necesario realizar otras evaluaciones.
  • Invitar a los profesionales que podrán apoyar sus sugerencias sobre el IEP o sobre la colocación de su hijo. Estos profesionales deben haber evaluado a su hijo o revisado sus registros.

¿Qué información debe estar incluida en el IEP de mi hijo?

Es importante asegurarse de que el IEP incluya lo siguiente:

1. Información sobre cómo le está yendo en la escuela a su hijo, tanto académicamente como en las actividades cotidianas.

2. Las metas que describan lo que el equipo considera que su hijo puede lograr en el transcurso del año.

3. Información sobre el progreso que su hijo está haciendo hacia las metas del IEP.

4. Una lista de los servicios de educación especial que su hijo recibirá.

5. Información acerca de cómo participará su hijo en la educación regular.

6. Detalles sobre el plan escolar de su hijo, incluyendo

  • El lugar donde su hijo recibirá la educación especial;
  • quien trabajará con su hijo;
  • el número de horas de educación especial; y
  • las fechas en que comenzarán y finalizarán los servicios

7. Una lista de los cambios que su hijo pueda necesitar durante el día o el año escolar. Estos servicios pueden incluir un año escolar prolongado, escuela de verano, o servicios antes o después del día escolar.

8. Una explicación de las modificaciones que su hijo pueda necesitar para realizar las pruebas del estado o del distrito.

9. Metas y servicios que su hijo pueda necesitar para poder prepararse para la vida después de la escuela.

Después de la reunión para desarrollar el IEP, la escuela debe entregarle a usted un informe por escrito sobre lo que se habló en la reunión y lo que se incluirá en el IEP.

NOTA: Si en el IEP falta alguna información o hay alguna información incorrecta, usted puede pedir que la cambien o que adjunten las notas o documentos adicionales.

Colocación en Educación Especial

¿Dónde recibirá mi hijo la educación especial?

El programa de educación especial de su hijo puede brindarse en

  • clases regulares con servicios de apoyo,
  • clases o escuelas especiales,
  • su hogar,
  • un hospital, o
  • en un programa residencial.

Su hijo debe ser colocado en el entorno académico menos restrictivo posible (LRE por su sigla en inglés de Least Restrictive Environment). Esto significa que su hijo debería estar en el salón de clases regular a menos que el equipo decida que su hijo no podría progresar con éxito en ese ámbito, incluso con los medios y servicios de apoyo adicionales. Los servicios de apoyo pueden incluir

  • un auxiliar en el salón de clases;
  • más tiempo con el maestro de educación especial u otros proveedores de servicios, tales como un terapeuta de habla y lenguaje;
  • el uso de computadoras u otros dispositivos tecnológicos, o
  • modificaciones al plan regular de estudios.

Recuerde: El distrito escolar es responsable de pagar el costo total del programa de educación especial y de los servicios relacionados recomendados en el IEP por el equipo de planeación y colocación.

¿Qué ocurre después de que mi hijo haya sido colocado en educación especial?

Después de que su hijo haya sido colocado en un programa de educación especial, se deberá celebrar una reunión del PPT

  • como mínimo una vez al año,
  • cada vez que usted solicite una reunión (razonablemente),
  • si su hijo es suspendido por 10 días o más,
  • antes de que el PPT pueda cambiar o eliminar los servicios de educación especial de su hijo.

El distrito escolar deberá avisarle a usted por escrito cada vez que se programe una reunión del PPT. Además, la escuela deberá entregarle a usted una copia de sus derechos cada año escolar y cuando usted la solicite (dentro de lo razonable).

La Reunión Anual del PPT

Durante la reunión anual del PPT, tanto usted como los demás integrantes del equipo se reunirán y hablarán sobre el progreso de su hijo en relación con las metas y los objetivos del IEP actual y elaborarán un IEP para el año siguiente. El equipo deberá considerar

  • los puntos fuertes y débiles de su hijo,
  • las áreas en las que su hijo ha mejorado,
  • sus inquietudes,
  • los resultados de cualquier evaluación que se haya hecho,
  • el comportamiento que pueda interferir en el aprendizaje del niño, y
  • si su hijo necesita algún dispositivo tecnológico de comunicación que le ayude a comunicarse.

¿Se puede modificar el IEP de mi hijo?

Sí. Asegúrese de que quede constancia escrita de las modificaciones hechas al IEP de su hijo y de que todos los integrantes del equipo reciban una copia. Usted debe solicitar también una copia del IEP modificado para sus archivos.

Por lo general, el IEP de su hijo no se modificará sin una reunión del PPT, pero puede ser que algunas veces usted y el distrito escolar lleguen a un acuerdo sin que sea necesario realizar una reunión del PPT. Este tipo de cambio se llama una Enmienda al IEP (Amendment to the IEP). Existe un formulario que usted debe llenar (formulario ED634), y el acuerdo solo será oficial después de que usted lo firme y lo devuelva.

¿Tendrá mi hijo una nueva evaluación?

Sí. Su hijo será evaluado de nuevo como mínimo una vez cada tres años, a no ser que usted y el distrito escolar acuerden algo diferente. Las evaluaciones también se deben hacer

  • antes de que se realicen modificaciones importantes sobre su colocación en el programa de educación especial; y
  • antes de sacar a su hijo de la educación especial.

Disciplina de los estudiantes de educación especial

¿Se le podrán aplicar sanciones disciplinarias a mi hijo?

Sí, pero existen ciertos límites sobre la forma en que el distrito escolar puede aplicar sanciones disciplinarias a un niño con alguna discapacidad. Los niños con discapacidades reciben protecciones adicionales si son excluidos de la escuela por más de diez días o si se determina que la conducta del menor fue causada por la discapacidad.

Suspensión por 10 días escolares o menos

La suspensión consiste en sacar a su hijo del salón de clase por un periodo desde 90 minutos hasta 10 días escolares.

El distrito escolar debe avisarle a usted dentro de 24 horas que su hijo ha sido suspendido. El niño tiene derecho a obtener las tareas asignadas y de reponer todo el trabajo perdido y todas las pruebas que hubo durante su suspensión. Pídale al distrito escolar su trabajo para que el niño pueda mantenerse al día con sus clases.

Suspensión por más de 10 días escolares

En el caso de un menor en educación especial, la exclusión o suspensión por más de 10 días escolares (ya sea todos al mismo tiempo, o un total de diez días durante el curso del año escolar) se considera un cambio de colocación.

La ley requiere que el distrito escolar celebre una reunión del PPT dentro de 10 días escolares a partir del cambio de colocación. Esta reunión se llama determinación de manifestación (manifestation determination).

Durante la reunión, el PPT deberá decidir si la conducta de su hijo

  • fue causada o estuvo relacionada con la discapacidad de su hijo, o
  • fue el resultado de la falta de implementación del IEP de su hijo por parte de la escuela.

Los padres del niño, otros integrantes del PPT y otro personal de la escuela deberán asistir a la reunión de determinación de manifestación. Usted puede invitar a algún profesional o a algún amigo para que le brinde apoyo.

La escuela debe notificarle por escrito acerca de la reunión por lo menos con 5 días de anticipación, junto con una declaración por escrito informándole acerca de sus derechos. La reunión de determinación de manifestación es importante. Si usted no puede ir a la reunión, usted tiene derecho a comunicarse con la escuela y pedirles que la programen para otro día al que usted pueda asistir.

Si el equipo decide que la conducta de su hijo no fue causada por su discapacidad, su hijo puede recibir una sanción disciplinaria de igual modo y duración a la que recibiría un niño sin discapacidad, excepto que el distrito escolar debe continuar proporcionando los servicios de educación especial.

Si el equipo decide que la conducta de su hijo fue causada por su discapacidad o que ocurrió porque el distrito escolar no siguió el IEP, a su hijo no lo pueden expulsar de la escuela. Sin embargo, si el comportamiento de su hijo está relacionado con el uso de armas, drogas, o lesiones serias, a su hijo lo pueden sacar de la escuela y colocarlo en un lugar educativo alternativo provisional por 45 días escolares.

Si el comportamiento de su hijo fue causado por su discapacidad, el equipo también deberá hacer lo siguiente:

  • Tratar de averiguar por qué está ocurriendo este comportamiento. Esto se llama una evaluación funcional del comportamiento (FBA, por su sigla en inglés).
  • Elaborar un plan para poner fin a la conducta problemática y enseñarle el comportamiento y las aptitudes sociales adecuadas. Este plan se denomina Plan de Intervención para la Modificación de Conducta (BIP, por sus siglas en inglés de Behavioral Intervention Plan).

Si su hijo ya cuenta con un BIP, el equipo deberá analizar el plan y hacer las modificaciones necesarias para abordar el problema de conducta de su hijo. Su hijo deberá volver a la colocación que tenía antes de la suspensión, a menos que el equipo esté de acuerdo en un cambio de colocación.

NOTA: Si a su hijo lo sacan de la clase o lo suspenden repetidamente, usted debe pedirle al distrito escolar que celebre una reunión del PPT.

NOTA: Si usted no está de acuerdo con alguna de las decisiones hechas acerca de su hijo, usted puede solicitar que se celebre una audiencia de proceso debido de inmediato. (Vea Proceso debido en la página 20 (vea abajo).)

Expulsión

Si a su hijo lo amenazan de expulsión, usted debe hablar con un abogado de inmediato. La escuela deberá darle un aviso de expulsión, que deberá informarle dónde y cómo obtener asistencia legal gratuita o a un precio asequible. Si usted tiene bajos ingresos, comuníquese con Statewide Legal Services al 1-800-453-3320. Si usted es elegible, ellos pueden brindarle asesoramiento telefónico, pueden enviarle información por correo, o remitirlo a una oficina de asesoría legal o a un abogado privado sin cargo.

NOTA: Las audiencias de expulsión ocurren muy rápido. Usted tiene derecho a pedir que se posponga si usted no puede asistir, si usted necesita más tiempo para prepararse, o si usted necesita tiempo para encontrar un abogado.

NOTA: Para más información y recursos, vea: Expulsiones escolares.

¿Qué debe ocurrir si el distrito escolar está analizando la posibilidad de expulsar a mi hijo?

En primer lugar, deberá celebrarse una reunión de determinación de manifestación antes de celebrarse la audiencia de expulsión.

Si el equipo decide que la conducta fue causada por la discapacidad de su hijo o que ocurrió porque no se siguió el IEP, entonces la escuela no debe expulsar a su hijo y este volverá a la escuela.

Si el equipo decide que la conducta de su hijo no fue causada por la discapacidad de su hijo, es probable que se programe una audiencia de expulsión.

Si usted no está de acuerdo con la decisión del equipo, usted puede solicitar una audiencia de debido proceso (véase más abajo). Su hijo debe permanecer en la colocación actual hasta que se complete el debido proceso. No obstante, si el distrito escolar considera que el mantener a su hijo en la colocación actual podría resultar en una lesión para él o para alguien más, podrá solicitar una audiencia urgente (vea Audiencia urgente, más abajo).

NOTA: Si su hijo está en educación especial y lesiona seriamente a alguien o el incidente está relacionado con armas o drogas, el distrito escolar puede colocar a su hijo en un lugar educativo alternativo provisional por un máximo de 45 días escolares. Esto no es una expulsión, pero su hijo podría ser colocado en el mismo programa de estudiantes expulsados o, en lugar de eso, recibiría clases particulares.

¿Qué sucede en una audiencia de expulsión?

Aunque una audiencia de expulsión no es tan formal como un juicio en la corte, es, sin embargo, un procedimiento legal y posiblemente este sea la única oportunidad que tenga usted para contar su versión de la historia. Por lo general usted no tiene derecho a apelar la decisión del oficial de audiencia en la corte si no está satisfecho con el resultado. El oficial de audiencias escuchará la versión de cada lado y luego decidirá

  • si su hijo desobedeció las reglas,
  • si su hijo debería ser expulsado, y
  • si su hijo es expulsado, cuánto tiempo durará la expulsión.

Si su hijo es expulsado:

  • su hijo todavía tiene derecho a recibir servicios de educación especial; y
  • se deberá celebrar una reunión del PPT después de la audiencia de expulsión para hablar sobre dónde recibirá su hijo los servicios de educación especial y para asegurarse de que su hijo reciba los servicios suficientes para poder progresar en todas las metas y objetivos.

Mire también el folleto de ayuda legal, Expulsiones de la escuela (School Expulsions).

¿Quieres que te envíen información legal a tu teléfono? Envíe un mensaje de texto con la palabra EXPULSIÓN al 203-780-0962 y le enviaremos información legal.

¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con el distrito escolar acerca de lo que es mejor para mi hijo?

Usted tiene derecho a no estar de acuerdo con las decisiones de la escuela sobre su hijo. Si usted no está de acuerdo, usted y la escuela deben reunirse y hablar sobre sus inquietudes e intentar llegar a un acuerdo. Si después de intentarlo, no llegan a un acuerdo, existen otros medios para resolver los desacuerdos.

NOTA: Lo mejor es hablar con un abogado antes de continuar con cualquiera de las opciones que hay a continuación.

Proceso para la resolución de quejas

Si usted cree que la escuela violó alguna ley de educación especial, usted puede presentar una queja por escrito con el Departamento de Educación del Estado (State Department of Education).

¿Cómo presento una queja?

1. Llene un formulario para la presentación de quejas. Usted puede solicitar un formulario para la presentación de quejas al Departamento de Educación del Estado llamando al (860) 713-6921 o visitando el sitio web www.sde.ct.gov. También puede escribir una carta. La queja debe incluir

  • nombre y dirección del menor,
  • nombre de la escuela a la cual asiste el niño,
  • hechos en los que se basa la queja,
  • una propuesta de resolución al problema (de ser posible), y
  • firma e información de contacto de uno de los padres.

2. Envíe la queja a:

State Department of Education
Bureau of Special Education
P.O. Box 2219, Room 364
Hartford, CT 06415-2219
FAX: 860-713-7153

¿Qué ocurre después de que presento la queja?

Una vez que usted envía la queja, un representante de la Oficina de Educación Especial (Bureau of Special Education) debe

  • llevar a cabo una investigación de su queja,
  • decidir si la escuela violó alguna de las leyes de educación; y
  • expedir una decisión por escrito dentro de los 60 días de recibida la queja.

Mediación

¿Qué es la mediación?

La mediación es una forma voluntaria de resolver una disputa entre los padres y el distrito escolar. El Departamento de Educación del Estado nombrará a un mediador que tratará de ayudar para que usted y el distrito escolar lleguen a un acuerdo. Todo lo que se diga en mediación es confidencial y no se puede usar en ninguna audiencia en el futuro.

¿Cómo solicito una mediación?

El proceso de mediación solo puede ocurrir si tanto usted como el distrito escolar están de acuerdo en participar en ella. Llene un formulario de mediación. Usted puede solicitar un formulario al Departamento de Educación del Estado llamando al 860-713-6933 o en el sitio web en www.sde.ct.gov. También puede consultar la carta modelo (Carta modelo C).

¿Qué ocurre durante la mediación?

El mediador se reunirá con usted y con el distrito escolar, primero por separado y luego juntos, para conocer los puntos de conflicto e intentar ayudarlos a que lleguen a un acuerdo.

Si usted y el distrito escolar llegan a un acuerdo, se deja constancia del acuerdo por escrito y ambas partes lo firman. Una vez firmado, el acuerdo se convierte en un documento legalmente vinculante.

Si usted y el distrito escolar no logran llegar a un acuerdo, hay otras cosas que pueden hacerse para resolver el problema como por ejemplo solicitar una audiencia de debido proceso.

Audiencia de Debido Proceso

Una audiencia de debido proceso es una reunión en la cual un oficial imparcial de audiencias del Departamento de Educación Estatal decide cómo resolver el conflicto.

NOTA: La audiencia de proceso debido puede durar entre unas pocas horas hasta algunos pocos días.

¿Qué ocurre en una audiencia de debido proceso?

Tanto usted como el distrito escolar presentan las pruebas mediante registros, evaluaciones y testimonio de testigos. Al final de la audiencia, el funcionario de audiencias emite una decisión sobre el desacuerdo.

¿Cómo solicito una audiencia de debido proceso?

Lo mejor es hablar con un abogado antes de solicitar una audiencia de debido proceso. Deberá solicitar la audiencia de debido proceso por escrito dentro de los 2 años posteriores a la fecha en que usted tuvo conocimiento del conflicto o del problema. Llene un formulario solicitando una audiencia de proceso debido. Usted puede obtener una del Departamento de Educación del Estado al 860-713-6943 o en su sito web en www.sde.ct.gov. Usted también puede escribir una carta (consulte la Carta modelo D).

¿Dónde estará mi hijo en la escuela durante una audiencia de debido proceso?

Durante la audiencia de debido proceso, su hijo deberá permanecer en su colocación académica actual excepto si el distrito escolar y los padres llegan a otro acuerdo. Esto se llama permanecer en la colocación en donde se halle (stay put placement) y se aplica desde que se solicita la audiencia hasta que se hayan resuelto todas las audiencias y procesos.

Excepción a la decisión de quedarse donde se halle: Si su hijo es colocado en un entorno académico alternativo transitorio (IEAS), su hijo debe quedarse en ese entorno durante 45 días o hasta que el funcionario de audiencias tome una decisión --lo que ocurra primero.

¿Qué ocurre si hay un desacuerdo sobre los resultados?

Si usted o el distrito escolar no están de acuerdo con la decisión del oficial de la audiencia, cualquiera de las dos partes podrá apelar ante el tribunal federal o del distrito.

¿Qué es una audiencia de debido proceso urgente?

Una audiencia de debido proceso urgente es igual a una audiencia de debido proceso normal excepto que se celebra más rápido. Usted o el distrito escolar pueden solicitar que se celebre una audiencia de debido proceso urgente cuando haya un desacuerdo sobre problemas disciplinarios incluyendo determinación de manifestación, cambio de colocación, expulsión, y/o colocación en un entorno académico alternativo transitorio (IAES)

Opinión Consultiva

¿Qué es una opinión consultiva?

Una opinión consultiva es una forma de ayudar a que usted y el distrito escolar decidan si es más conveniente celebrar una audiencia de debido proceso completa o intentar resolver el conflicto a través de la mediación. El proceso de opinión consultiva es voluntario y sólo puede darse si tanto usted como la escuela acuerdan participar de él. Se podrá solicitar únicamente después de que se haya pedido una audiencia de debido proceso.

¿Cómo solicito una opinión consultiva?

Para solicitar una opinión consultiva, utilice la Carta modelo E o un formulario de la escuela, si estuviera disponible.

¿Qué ocurre en una reunión de opinión consultiva?

Un funcionario de audiencias se reunirá con usted y con el distrito escolar en una reunión confidencial. En la reunión, tanto usted como la escuela

  • podrán llevar uno o dos testigos y podrán llevar un abogado.
  • Tanto usted como el distrito escolar tendrán 45 minutos para que cada uno presente su caso.
  • Cada cual podrá presentar pruebas y responder a la exposición de la otra parte. y continuar con el debido proceso o solicitar una mediación. (También puede continuar con el debido proceso o solicitar una mediación.)

Después de esta reunión, el funcionario de audiencias emitirá una opinión oral. La opinión no se emitirá por escrito y no será legalmente vinculante para las partes. Puede optar por ir a una audiencia de debido proceso completa o solicitar una mediación.

NOTA: El funcionario encargado de la audiencia consultiva será un funcionario diferente al oficial asignado para la audiencia de proceso debido.

Cartas de ejemplo

CARTA A: Solicitud de Evaluación Para Educación Especial

[Nombre del padre o estudiante adulto]
[Dirección]
[Número de teléfono]

[Fecha de hoy]

[Nombre del Director de la Escuela o Director de Educación Especial o Director de Personal de Asistencia al Estudiantado]
[Dirección]

Estimado/a [Nombre del Director de la Escuela o Director de Educación Especial o Director de Personal de Asistencia al Estudiantado]:

Por la presente, solicito que [nombre de su hijo], [la fecha de nacimiento], quien actualmente asiste a [nombre de la escuela], sea sometido a una evaluación para recibir educación especial. El motivo por el cual solicito la evaluación es [el motivo por el cual solicita la evaluación].

Les ruego que se comuniquen conmigo al número indicado anteriormente para convenir sobre una fecha y hora para celebrar una reunión.

Atentamente,

[Firma y nombre en letra de imprenta del padre o del estudiante adulto]


CARTA B: Solicitud de Registros Escolares

[Nombre del padre o estudiante adulto]
[Dirección]
[Número de teléfono]

[Fecha de hoy]

[Nombre del Director de la Escuela]
[Dirección]

Estimado/a [Director de la Escuela]:

Por la presente, solicito que se me envíe una copia de todos los registros escolares de [nombre del estudiante], [fecha de nacimiento], según se establece en la Sección 10-76d-18(b), Regulaciones de las agencias del Estado de Connecticut

Por favor incluyan todas las evaluaciones, educación especial o registros 504, planillas de asistencia y registros disciplinarios que existan en relación con [nombre de su hijo].

Espero contar con las copias de los registros dentro de 10 días, de acuerdo con lo establecido por las regulaciones citadas anteriormente.

Atentamente,

[Firma y nombre en letra de imprenta del padre o del estudiante adulto]


CARTA C: Solicitud de Mediación

[Nombre del padre o estudiante adulto]
[Dirección]
[Número de teléfono]

[Fecha de hoy]

Connecticut State Department of Education
Bureau of Special Education
Due Process Unit
165 Capitol Avenue, Room 359
P.O. Box 2219
Hartford, CT 06415-2219

Por la presente, solicitamos una mediación. Entendemos que las dos partes deben estar de acuerdo con la mediación.

____________________________                  ________________
Firma del padre                                             Fecha

_____________________________                 ________________
Firma del representante del distrito                  Fecha
escolar 


CARTA D: Solicitud de Una Audiencia Imparcial de Debido Proceso

[Nombre del padre o estudiante adulto]
[Dirección]
[Número de teléfono]

[Fecha de hoy]

Connecticut State Department of Education
Bureau of Special Education,
Due Process Unit
P.O. Box 2219, Room 364
Hartford, CT 06415-2219
Fax#: 860-713-7153

Por la presente, solicito una audiencia imparcial en referencia a [indicar el nombre y la fecha de nacimiento del estudiante], que actualmente está bajo la jurisdicción de [el nombre del distrito escolar] y asiste a [el nombre de la escuela].

Asistí a una reunión del PPT el día [fecha de la reunión en la cual usted y el distrito escolar no llegaron a un acuerdo].

El tema o temas en controversia son los siguientes:

[Enumere todas las acciones del distrito escolar o decisiones tomadas en la reunión del PPT con las cuales usted no esté de acuerdo].

Yo sugiero que la controversia se resuelva de la siguiente manera: [los cambios que desea que se implementen en el programa educativo del estudiante].

Atentamente,

[Firma y nombre en letra de imprenta del padre o del estudiante adulto]

cc: [Nombre del Director de Educación Especial y recuerde enviarle una copia]


CARTA E: Solicitud de Una Opinión Consultiva

[Nombre del padre o del estudiante adulto]
[Dirección]
[Número de teléfono]

[Fecha de hoy]

Connecticut State Department of Education
Bureau of Special Education,
Due Process Unit
P.O. Box 2219, Room 364
Hartford, CT 06415-2219
Fax # 860-713-7153

Por la presente, solicitamos una opinión consultiva. Entendemos que ambas partes deben estar de acuerdo con la opinión consultiva y que no estamos obligados a solicitar una opinión consultiva antes de solicitar una audiencia de proceso debido.

____________________________        ________________
Firma del padre                                   Fecha

_____________________________      ________________
Firma del representante del distrito        Fecha
escolar

Ambas partes están disponibles en las fechas que se indican a continuación: [indicar 2 fechas]


________________________     ______________________

Entendemos que se seleccionará una de estas fechas para la opinión consultiva.

Más para leer

Guía para padres sobre la Educación Especial en Connecticut

https://portal.ct.gov/-/media/SDE/Special-Education/Parents_Guide_SE_span.pdf

Este documento ofrece información para padres, tutores y otros miembros de famila sobre las leyes, reglas, y políticas que afecten los programas y servicios de educación especial. Estas protecciones, derechos y oportunidades ayudarán a los estudiantes con discapacidades a mejor alcanzar sup pleno potencial cuando los padres, las familias y las escuelas trabajen en colaboración.

Departamento de Educación del Estado de Connecticut, Buró de Educación Especial